El fallo de la sentencia confirma la condena como autor criminalmente responsable de un delito de asesinato por la concurrencia de la agravación especifica de alevosia y de una falta de hurto, por el delito a la pena de 18 años de prisión y la prohibición de comunicarse y apróximarse a los padres y hermanos de la victima durante ese periodo de tiempo.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario